El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la sanción de 90 días de suspensión de empleo y sueldo a un agente de la Policía Nacional destinado en Canarias. Este funcionario, acusado de ofrecer acelerar trámites de asilo a jóvenes inmigrantes a cambio de favores sexuales, ha visto confirmada su pena por una conducta que el tribunal califica de grave abuso de poder.

El agente, adscrito a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, estuvo comisionado entre agosto y noviembre de 2021 en Ceuta y Las Palmas de Gran Canaria. Durante este periodo, realizaba entrevistas relacionadas con solicitudes de protección internacional, una labor que, según la sentencia, utilizó para aprovecharse de la vulnerabilidad de los inmigrantes.

La investigación revela que el policía abordaba en la calle a jóvenes de origen magrebí, algunos menores tutelados, identificándose como agente. Les prometía agilizar sus trámites de asilo si aceptaban reunirse con él en su habitación de hotel, donde las citas, de unos 45 minutos, concluían con los jóvenes recibiendo ropa, refrescos o dinero.

La Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional, tras sospechas iniciales, vigiló al agente y recopiló pruebas contundentes de su conducta inapropiada. Se constató que los encuentros con los inmigrantes comenzaban el mismo día en que se iniciaban sus expedientes de asilo, evidenciando una conexión directa con los trámites.

Durante sus desplazamientos a Canarias, el agente elegía hospedarse en hoteles separados de sus compañeros, solicitando siempre habitaciones con acceso privado y sin supervisión de recepción. Este comportamiento, según la sentencia del TSJM, facilitaba sus acciones al margen de cualquier control oficial.

Los jóvenes afectados declararon ante los investigadores que, al llegar al hotel, el policía les recibía en ropa interior y les invitaba a pasar la noche. Coincidieron en que no había trámites oficiales ni presencia de terceros, lo que refuerza la percepción de un abuso de autoridad en un entorno privado.

El tribunal ha determinado que el agente actuó en beneficio propio, eludiendo los procedimientos administrativos establecidos y explotando la situación de vulnerabilidad de los inmigrantes. Esta conducta, calificada como un claro abuso de su posición, justifica la sanción impuesta por infracción grave.

El TSJM ha desestimado el recurso del agente contra la resolución de la Dirección General de la Policía, avalando la sanción conforme a la Ley Orgánica 4/2010 del régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Se considera que la medida responde a la seriedad de los hechos probados.

Finalmente, el tribunal ha rechazado las alegaciones del agente sobre una supuesta vulneración de la presunción de inocencia. La prueba recabada se estima suficiente y sólida, y la sanción, lejos de ser desproporcionada, se ajusta a la gravedad de su comportamiento inadmisible.