Una juez ha dictado sentencia contra O.B., un hombre de nacionalidad marroquí sin antecedentes penales, por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer. Los hechos ocurrieron el 8 de julio de 2020 en el domicilio de la víctima, ubicado en Las Norias de Daza (El Ejido), durante una discusión con su expareja que derivó en agresión.
Según los hechos probados y reconocidos por ambas partes en el juicio, el incidente tuvo lugar alrededor de las cinco de la tarde en el interior de la vivienda. Durante el altercado, O.B. agarró con fuerza el brazo de la mujer, le propinó golpes en el rostro y la zona ocular, y la sujetó por el cuello. Además, dio una patada a la puerta del dormitorio, causando daños valorados en 79 euros según peritaje.
La víctima sufrió diversas lesiones, entre ellas un hematoma en el brazo izquierdo, una excoriación en el cuello y un edema en el párpado y el hueso malar izquierdo. Estas heridas tardaron cinco días en sanar, sin impedirle realizar sus actividades diarias. No obstante, la mujer ha renunciado a cualquier indemnización por los daños sufridos.
El tribunal ha considerado la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, debido al tiempo transcurrido desde los hechos hasta el juicio. Por acuerdo de conformidad, O.B. ha sido condenado a 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad, un año y un día de prohibición de tenencia y porte de armas, y dos años de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima.
El condenado también deberá hacerse cargo de las costas procesales. Tras la emisión de la sentencia, las medidas cautelares que estaban en vigor han quedado sin efecto, conforme a lo dictaminado por el tribunal en este caso de violencia de género.