La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado una condena de 2 años de prisión a un hombre de 28 años, natural de Argelia, por violar de manera reiterada la prohibición de comunicarse y acercarse a su expareja, a quien además agredió físicamente durante una discusión en Tudela.
La sentencia, emitida tras un acuerdo entre fiscalía y defensa, considera probados un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, con 9 meses de prisión, y un delito de lesiones en el ámbito de violencia contra la mujer, con 1 año y 3 meses, aplicando atenuantes por adicción y reparación del daño.
El condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros ni contactar con la víctima durante 5 años y deberá indemnizarla con 10.000 euros. Antes del juicio ya había abonado 8.000 euros y, por acuerdo, pagará los 2.000 restantes en 8 plazos mensuales de 250 euros, según el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
La medida de alejamiento estaba vigente desde el 14 de agosto de 2021, y el acusado llevaba un dispositivo GPS de control. Sin embargo, desoyendo la prohibición, contactó a su expareja por teléfono y redes sociales, e incluso se presentó físicamente en los lugares donde ella se encontraba.
A pesar de la orden de protección, en los primeros días de noviembre de 2023 ambos acordaron verse en un hotel de Tudela. El hombre pidió a la mujer que no llevara consigo el dispositivo GPS durante el encuentro, evidenciando su intención de burlar las medidas impuestas por la justicia.
La madrugada del 11 de noviembre, tras una discusión, ambos abandonaron el hotel por separado. Más tarde, se encontraron en una discoteca, donde volvieron a discutir. Finalmente, regresaron a la habitación del hotel, desencadenándose un nuevo conflicto que derivó en violencia.
Sobre las 7 de la mañana, en la habitación del hotel, el acusado, con intención de dañar a la víctima, la golpeó repetidamente con puñetazos y patadas, según se declara probado en la sentencia. Este acto de violencia dejó a la mujer con lesiones de gravedad en el rostro.
Entre las heridas sufridas, la víctima presentó una fractura nasal en el lado derecho, necesitando atención médica urgente, radiografías, férula nasal, cura de heridas y observación hospitalaria. Estas lesiones evidencian la brutalidad del ataque perpetrado por el condenado.
Durante los hechos, el procesado tenía sus facultades volitivas e intelectivas levemente afectadas por el consumo habitual de alcohol y drogas, circunstancia que fue considerada por el tribunal como atenuante en la determinación de la pena impuesta tras el juicio.
Finalmente, al manifestar ambas partes su decisión de no recurrir, la sentencia quedó firme el mismo día del juicio. El tribunal suspendió el ingreso en prisión por 4 años, siempre que el condenado no reincida y cumpla con el pago restante de la indemnización.