Un marroquí de 44 años ha sido condenado a ocho años de prisión por un tribunal en Castellón de la Plana. La sentencia también incluye cinco años de libertad vigilada, una indemnización de 30.000 euros para la víctima y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de ella.

El condenado se casó con una joven de 16 años en Marruecos, su país de origen, y la trajo a vivir a la provincia de Castellón. Allí, la obligó a fingir que eran tío y sobrina, una relación que debía mantener ante cualquier persona que preguntara.

Desde su llegada a Castellón de la Plana, la adolescente estuvo sometida a un control absoluto por parte del hombre. Además de las prácticas sexuales que él imponía, la joven debía encargarse de todas las tareas domésticas, no solo para él, sino también para otras personas que residían en el mismo inmueble.

El matrimonio fue celebrado según las creencias y la legislación islámica y no estaba reconocido por la legislación española. Por ello, el condenado le ordenó a la menor que, en España, no revelara la verdadera naturaleza de su relación, insistiendo en que dijera que él era su tío.

La sentencia destaca que la joven prestaba su consentimiento a las relaciones sexuales «debido a la situación de dominación y autoridad que tenía sobre ella el hombre y debido a sus convicciones religiosas y sociales y las posibles consecuencias».

Tras ser asistida en un centro de atención a la mujer las 24 horas, la adolescente pasó a estar tutelada por la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de Castellón. La intervención se produjo después de que el centro educativo al que asistía la menor alertara de la situación.

Los hechos han tenido un impacto significativo en el desarrollo sexual y personal de la joven, quien ha sufrido episodios de ansiedad y estrés que han afectado notablemente su evolución, según se detalla en la sentencia.

La Audiencia Provincial de Castellón fue la encargada de juzgar estos hechos y dictar una primera sentencia que no había trascendido. Sin embargo, tras el recurso de casación presentado por la defensa, el Tribunal Supremo ha ratificado la condena, aunque uno de los magistrados ha emitido un voto particular.